* Programa de Financiamiento de Subsidios de Emergencia para ayudar a pequeños inquilinos y propietarios de locales comerciales
* Se asignarán $25 millones en fondos en el marco de la Ley CARES para reembolsar a los pequeños «landlords» que no han recibido la renta de sus inquilinos entre abril y julio de 2020
* El Programa de Subsidios para Alquileres Atrasados
Small Business Lease Emergency Assistance
Grant Program
https://www.njra.us/Small-Business-Lease-Emergency-Assistance-Grant-Program
* Para obtener más información sobre el Programa de Subsidios de Emergencia para Pequeños Arrendadores, visite www.njhousing.gov/rentals/sleg
TRENTON, AGO 10 – Como parte de la respuesta coordinada de la Administración frente a la pandemia Covid-19, el gobernador Phil Murphy y la vicegobernadora Sheila Oliver dieron a conocer hoy la creación del Programa de Subsidios de Emergencia para Pequeños Arrendadores.
El Programa estará a cargo de la Agencia de Financiamiento de Viviendas e Hipotecas de Nueva Jersey y brindará fondos de subsidios de emergencia a los arrendadores de pequeñas propiedades de alquiler ante la disminución de ingresos por alquileres provocada por la pandemia Covid, durante el período de cuatro meses entre abril y julio de 2020.
Los montos de las subvenciones, financiados en el marco de la Ley CARES, se generarán con base en la cantidad total de pagos de alquiler perdidos y el número de unidades de alquiler afectadas por la Covid que atienden a arrendatarios de ingresos bajos y moderados.
Los arrendadores que reciban la asistencia tendrán que brindar beneficios a sus arrendatarios condonando el alquiler atrasado y los cargos por mora acumulados por el arrendamiento de unidades de vivienda afectadas por la Covid-19.
«Para salir más fortalecidos de esta crisis, necesitamos hacer inversiones directas en nuestros vecindarios y comunidades más afectados», dijo el gobernador Murphy. «Es esencial para lograr nuestra recuperación poder garantizar que los arrendadores responsables puedan seguir manteniendo sus propiedades y proporcionando viviendas de calidad a nuestros arrendatarios. A través de este Programa, también, podemos otorgar apoyo directo a los arrendatarios afectados por la Covid mediante la condonación de los alquileres atrasados».
«Sabemos que muchos de los arrendadores de Nueva Jersey no son empresas o corporaciones. Al contrario, son familias e individuos. Y, de la misma manera que las familias a las que alquilan una vivienda, ellos están luchando por salir adelante porque a menudo no tienen acceso al capital y a los recursos federales», dijo la vicegobernadora Sheila Oliver, quien es la comisionada del Departamento de Asuntos Comunitarios de Nueva Jersey (DCA) y presidenta de la Junta de la Agencia de Financiamiento de Viviendas e Hipotecas de Nueva Jersey (NJHMFA).
«La primera prioridad de este Programa es ofrecer el tan necesario alivio a los pequeños arrendadores, quienes a su vez traspasarán los beneficios a sus arrendatarios que también están intentando mantenerse a flote en medio de la presente crisis económica y de salud pública».
«Ninguna familia debe quedarse sin hogar, especialmente en una pandemia nacional. Alrededor del 30% de todos los arrendatarios de Nueva Jersey, así como el 27 % de los arrendatarios de ingresos bajos y moderados, residen en edificios de 3 a 10 unidades de vivienda. Hemos diseñado este programa de subsidios para asegurar que nuestros arrendatarios y arrendadores más vulnerables reciban la ayuda que necesitan», dijo Charles A. Richman, director ejecutivo de la Agencia de Financiamiento de viviendas e Hipotecas de Nueva Jersey.
«En el seno de la NJHMFA, nuestra misión de garantizar una vivienda segura y equitativa para todos los residentes de Nueva Jersey nunca ha sido tan crucial como en esta crisis. Estos dólares tendrán un efecto con creces al garantizar la sostenibilidad financiera para las familias de Nueva Jersey. La HMFA está enormemente satisfecha de dar esta asistencia a los arrendadores y arrendatarios y, también, agradece al gobernador Murphy y a la vicegobernadora Oliver por haber promovido este Programa».
«Ninguna persona debería quedarse sin un techo o su negocio por falta de respuesta durante esta crisis», dijo el congresista Andy Kim. «He votado a favor de aprobar la Ley CARES porque necesitábamos medidas audaces para ayudar a nuestras comunidades a superar esta pandemia, y estoy satisfecho de ver que se establecen programas como este para permitir que nuestros vecinos puedan mantenerse en pie durante estos tiempos difíciles».
«Este financiamiento de la Ley CARES garantizará que los pequeños arrendadores puedan sostener su medio de vida y apoyar a sus familias, y que los arrendatarios no pierdan sus hogares durante una pandemia», dijo el congresista Tom Malinowski. «Seguiré luchando en el Congreso para acarrear recursos federales de ayuda a los residentes de Nueva Jersey que se encuentran en dificultades tratando de superar esta crisis».
Un tercio de los fondos del Programa se reservará para solicitantes que estén registrados como propietarios individuales o familiares en la base de datos Research Information Management System (RIMS) del DCA. Los solicitantes elegibles deben cumplir con las siguientes especificaciones:
• Propietarios de inmuebles que tengan por lo menos tres (3) pero no más de diez (10) unidades de vivienda en total;
• propietarios de inmuebles que no sean propiedades de alquiler por temporada o para vacaciones;
• las propiedades deben tener certificados vigentes de inspección de incendios a partir del 9 de marzo de 2020;
• propietarios de inmuebles con al menos una unidad de alquiler desocupada afectada por la Covid-19 entre abril y julio de 2020; y
• propietarios de inmuebles que tienen niveles de alquiler de bajos a moderados o alquileres de hasta el 80 % del ingreso medio para el área.
Las solicitudes deben presentarse entre el 19 de agosto a las 9:00 a.m. y el 26 de agosto a la 1:00 p.m. para ser consideradas.
La financiación de la subvención se asignará a cada caso en particular en función del número de unidades afectadas por la Covid y el monto de alquileres perdidos. El solicitante debe ser el Titular Principal del Inmueble de una propiedad de alquiler de uso residencial en Nueva Jersey y estar registrado en la Oficina de Inspección de Vivienda del DCA a partir del 17 de julio de 2020. Los solicitantes pueden verificar aquí si su propiedad se encuentra registrada.
Para obtener más información sobre el Programa de Subsidios de Emergencia para Pequeños Arrendadores, visite www.njhousing.gov/rentals/sleg
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EL PROGRAMA DE SUBSIDIOS PARA ALQUILERES ATRASADOS
- Small Business Lease Emergency Assistance Grant Program
https://www.njra.us/Small-Business-Lease-Emergency-Assistance-Grant-Program
PREGUNTAS Y RESPUESTAS:
1. ¿Cuándo comienza el programa?
El 10 de agosto de 2020.
2. ¿Cuándo finaliza el programa?
El programa finalizará cuando se agoten todos los fondos.
3. ¿Cómo se seleccionan los solicitantes?
Por orden de llegada.
4. ¿Cuál es el subsidio máximo que se puede otorgar?
$10,000.
5. ¿Hay una solicitud de subsidio mínimo?
No, siempre que el total no supere los $10,000.
6. ¿El dinero tiene que ser reembolsado?
No, los fondos se proporcionarán mediante un subsidio y no exigen reembolso.
7. ¿Cualquier persona puede solicitar el subsidio?
Son aptos los solicitantes de las 64 comunidades elegibles de la New Jersey Redevelopment Authority (NJRA). Este programa está dedicado a comunidades específicas, y está centrado en ayudar a los siguientes negocios:
• Pequeñas empresas que arriendan un espacio comercial en edificios de uso mixto.
• Pequeñas empresas que arriendan un espacio en edificios comerciales.
• Negocios de escaparate.
8. ¿Qué documentación se requiere para este programa?
1. Debe completar una solicitud en línea y responder todas las preguntas.
2. Certificado actual de impuestos al día
3. Contrato de arrendamiento actual
4. Si se aprueba, la NJRA proporcionará un acuerdo de subsidio para que lo firmen el inquilino y el
arrendador.
9. ¿Cuánto tiempo tardará en procesarse mi solicitud?
La NJRA hará todo lo posible para procesar todos los subsidios de manera expedita.
10. ¿Tengo que emplear a un cierto número de personas para ser elegible?
No, el programa no se basa en la cantidad de empleados.
11. ¿Es mi empresa demasiado pequeña para recibir asistencia con los pagos de arrendamiento?
No, siempre y cuando la superficie del negocio no exceda los 5,000 pies cuadrados.
12. ¿Puedo recibir asistencia de la NJRA si mi empresa ha recibido anteriormente fondos relacionados con la COVID-19?
Sí, siempre que se divulgue en la solicitud. Los fondos recibidos anteriormente no se podían utilizar para los pagos mensuales de arrendamiento. Si recibió fondos para ese propósito en virtud de la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica por Coronavirus (Coronavirus Aid, Relief, and Economic Security Act, CRAES), la solicitud será denegada.
13. ¿Qué pasa si mi empresa abrió recién en enero?
Siempre que la empresa haya estado en funcionamiento antes del 1.º de marzo de 2020, es elegible para recibir asistencia.
14. ¿Puedo presentar una solicitud si actualmente estoy atrasado en mis pagos de arrendamiento?
Sí. Siempre y cuando no se haya atrasado antes del 1.º de marzo, este programa ayudará a los solicitantes elegibles que puedan estar atrasados en sus pagos debido a la COVID-19.
15. ¿Puedo recibir asistencia si mis pagos de arrendamiento están al día?
Sí, el programa está destinado a ayudar a todos los solicitantes elegibles.
16. ¿Cómo sé si mi empresa califica?
La mayoría de las empresas son elegibles para solicitar este programa, a excepción de
las que llevan a cabo las siguientes actividades: Actividades relacionadas con el juego y
azar; el suministro o la oferta de actividades, servicios, productos o materiales “para
adultos” (es decir, pornográficos, lascivos, libidinosos, obscenos o de otra manera con
mala reputación) (incluidas actuaciones con desnudez o semidesnudez o la venta de
juguetes o dispositivos sexuales); las subastas, ventas de remate, liquidaciones a
precios extremadamente bajos, liquidaciones por “fin del contrato de arrendamiento” o
por “cierre de negocio” o ventas similares; ventas por comerciantes transitorios, ventas
de árboles de Navidad u otro almacenamiento al aire libre; cualquier actividad que
constituya una molestia; o cualquier actividad con propósito ilegal. Las tiendas de
tatuajes, los dispensarios de productos de vapeo y marihuana y cualquier empresa
involucrada en la venta de alcohol tampoco son elegibles.
17. ¿Hay cargos asociados a este programa?
No, este programa no tiene cargos asociados.
18. ¿Qué puede causar el rechazo de mi solicitud?
1. La empresa no se puede localizar mediante la búsqueda de Google.
2. La empresa no tiene un certificado de impuestos al día (la NJRA le otorgará al
solicitante 72 horas para obtener el certificado de impuestos al día desde el
momento en que se presenta la solicitud).
3. Se le proporcionó anteriormente financiación para ayudar con los pagos de
arrendamiento debido a la COVID-19.
4. El solicitante tiene problemas de inhabilitación con el estado de New Jersey.
5. El arrendador no está dispuesto a firmar el acuerdo de subsidio.
19. ¿Puedo recibir asistencia con mis pagos de arrendamiento si tengo más de una
empresa?
Sí, siempre y cuando las empresas estén en las comunidades elegibles de la NJRA.
20. ¿Cómo se desembolsan los fondos? ¿Me los envían directamente?
Cuando ambas partes firmen el acuerdo de subsidio y la certificación del arrendador y
los envíen a la NJRA, los fondos se otorgarán a su arrendador. Los fondos se otorgarán
a través de la Cámara de Compensación Automatizada (Automated Clearing House,
ACH).
21. ¿Cómo presento la documentación para mi empresa?
Este programa es 100% electrónico. Debido a la situación actual, toda la documentación se manejará de forma electrónica.